Las secuelas son las consecuencias permanentes del accidente: lo que queda cuando ya no es posible mejorar más con tratamiento. Su valoración —en puntos del Baremo— es el componente más técnico y, a menudo, el más conflictivo de la reclamación. Una diferencia de 3 puntos puede suponer miles de euros. Por eso el peritaje médico independiente es, en muchos casos, la inversión más rentable del procedimiento.

Consolidación médica: cuándo se valoran las secuelas

La consolidación médica (también llamada estabilización clínica) es el momento en que las lesiones del lesionado han alcanzado el máximo grado de mejoría con tratamiento médico y rehabilitador. A partir de ese momento las secuelas son permanentes y pueden valorarse con definitividad. Antes de la consolidación, cualquier valoración es provisional y puede infravalorar el resultado final.

La tabla médica del Baremo 2015

El Anexo de la Ley 35/2015 contiene una tabla detallada de secuelas posibles, agrupadas por sistemas anatómicos: cabeza, columna vertebral, miembros superiores e inferiores, sistema cardiovascular, sistema respiratorio, sistema digestivo, etc. Cada secuela tiene asignado un rango de puntuación según su gravedad.

SecuelaRango puntos
Limitación movilidad cervical leve1 – 4
Limitación movilidad cervical moderada5 – 10
Lumbalgia post-traumática crónica2 – 8
Pérdida funcional rodilla parcial5 – 15
Pérdida funcional hombro grave15 – 30
Pérdida miembro inferior por encima rodilla40 – 60
Trastorno depresivo postraumático moderado5 – 15
Ejemplos orientativos de puntuación

La asignación de puntos dentro del rango es competencia del médico evaluador, que debe motivarla con base en el estado del lesionado, las pruebas médicas (radiografías, RMN, electromiogramas) y la afectación funcional concreta. Aquí es donde aparece la mayor parte de la conflictividad.

Secuelas concurrentes: la fórmula de Balthazard

Cuando concurren varias secuelas, no se suman directamente. El Baremo aplica la fórmula de Balthazard para evitar que la suma supere el 100 (que sería la incapacidad total). La fórmula es:

Puntos resultantes = M + (((100 − M) × m) / 100)
donde M es la mayor puntuación y m la siguiente; se aplica iterativamente con cada secuela adicional

En la práctica significa que dos secuelas de 20 puntos cada una no dan 40, sino unos 36 puntos. La diferencia parece pequeña en valores bajos pero crece en secuelas múltiples y graves. Es un cálculo técnico que el perito médico debe realizar correctamente.

Perjuicio estético autónomo

El perjuicio estético se valora autónomamente respecto a las secuelas funcionales. Aunque una cicatriz no afecte a la movilidad, indemniza por su impacto visible. El Baremo prevé seis grados:

  1. Ligero (1–6 puntos): pequeñas cicatrices poco visibles.
  2. Moderado (7–12): cicatrices visibles, alteraciones cutáneas localizadas.
  3. Medio (13–18): cicatrices extensas o cojera leve.
  4. Importante (19–24): cicatrices muy visibles, asimetrías, claudicación.
  5. Bastante importante (25–35): pérdida de pieza dental anterior, cicatrices faciales severas.
  6. Importantísimo (36–50): grandes deformidades, amputaciones visibles.

Cuándo encargar pericial médica independiente

La aseguradora aportará informe de su perito (médico colaborador). Su valoración suele ser sistemáticamente conservadora: tiende a aplicar el extremo inferior del rango y a omitir secuelas menores. La pericial independiente la encarga el lesionado a un perito médico especialista (en valoración del daño corporal) y debe ser concluyente, motivada y conforme al Baremo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto vale un punto de secuela?
Es progresivo. En 2025/2026, orientativamente entre 800 € (1-5 puntos en mayor edad) y 3.000 € (más de 50 puntos en jóvenes). El valor exacto se publica en las tablas anuales del Ministerio.
¿Puedo reabrir el caso si aparece una secuela después?
Si el caso ya está cerrado por finiquito, es muy difícil. Por eso conviene esperar a la consolidación efectiva y no firmar finiquitos parciales antes de tiempo.
¿Qué peso tiene el informe del médico forense?
En vía judicial penal el médico forense puede ser determinante. En vía civil tiene peso de informe pericial pero el lesionado puede aportar su propio perito.